Anulación de Liquidaciones
Procedimiento en virtud del cual se resuelve la Anulación de Liquidaciones, si procediera.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Todo el año.
Órgano de resolución:
Teniente de Alcalde Delegado
Quién puede solicitarlo:
Todas aquellas personas que pretendan solicitar la anulación de liquidaciones.
Documentación:
1) Documentos de identificación:
- En el caso de personas físicas:
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia de la Tarjeta de Extranjero.
- Si actuara mediante representante deberá aportar además:
- Fotocopia del D.N.I. de la persona que ostente la representación.
- Fotocopia de la Tarjeta de Extranjero de la persona que ostente la representación.
- Fotocopia compulsada de documento acreditativo de la representación. (*)
- En el caso de personas jurídicas: (excepto comunidad de propietarios)
- Fotocopia del C.I.F.
- Fotocopia compulsada de la escritura de constitución de la sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil. (*)
- Fotocopia del D.N.I. de la persona que ostente la representación.
- Fotocopia de la Tarjeta de Extranjero de la persona que ostente la representación.
- Fotocopia compulsada de documento acreditativo de la representación, salvo que quede acreditada la representación en la escritura de constitución de la sociedad. (*)
- En el caso de comunidades de propietarios:
- Fotocopia del C.I.F.
- Certificado acreditativo de quién ostenta en la actualidad la presidencia de la comunidad.
- Fotocopia del D.N.I. de la persona que ostente la presidencia.
- Fotocopia de la Tarjeta de Extranjero de la persona que ostente la presidencia.
- Fotocopia compulsada del Libro de Actas del acuerdo donde conste el nombramiento de quien ostente la Presidencia en la actualidad. (*)
2) Documentos que justifican el motivo de la reclamación.
(*) Para la compulsa de documentos en la oficina de Atención Ciudadana deberá presentar Original y Fotocopia.