Decreto: Cementerio de Arona, Medidas Establecidas en la Fase III por el Estado de Alarma por Covid-19
07/06/2020 | 19:20

Por medio de la presente, y ante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se DECLARA EL ESTADO DE ALARMA PARA LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19, Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, así como la Comunicación de la Secretaria General de la Delegación del Gobierno de Canarias de fecha 20 de mayo relativa a la apertura de los cementerios, es establece lo siguiente:

Las instalaciones del Cementerio de Arona continuarán abiertas, con las condiciones
siguientes:

NORMAS DE USO

- Cumplir con los horarios y condiciones establecidos anteriormente.
- Deberá respetarse las normas dictadas y especificadas en el acceso al edificio.
- Los aseos no estarán abiertos al público.
- Deberán solicitar la utilización de escaleras u otro material.
- No se podrán utilizar fuentes de aguas.
- Se suspenderá el horario de apertura al público en caso de enterramiento.
- Evitar interrelacionarse físicamente en sus accesos e interior (aglomeraciones),
estrechar la mano, besar, abrazar, pararse a saludar, charlar, …
- Mantener una distancia interpersonal de al menos dos (2) metros.
- Deberán cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19
indicadas por las autoridades sanitarias.

TODAS LAS MEDIDAS en el presente Decreto ENTRARÁ EN VIGOR DESDE LAS 00.00H DEL 08 DE JUNIO DE 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.