189 - Cajeros y máquinas de expedición directa a los usuarios del dominio público
Procedimiento en virtud del cual se insta la autorización para la ocupación del dominio público, por motivo de la instalación de cajeros y máquinas de expedición directa a los usuarios del dominio público.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Todo el año.
TASAS/IMPUESTO
La Ordenanza Fiscal nº 17 de la Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública, establece la tasa a abonar.
Órgano de resolución:
Teniente de Alcalde Delegado
Quén puede solicitarlo:
Todos los ciudadanos que pretendan solicitar autorización para la ocupación del dominio para la instalación de cajeros y máquinas de expedición directa a los usuarios del dominio público.
Documentación:
1. Interesados:
Persona física:
- 1.1. Documento de identificación (DNI, Tarjeta de extranjero, pasaporte,..)
Persona jurídica:
- 1.2. C.I.F.
- 1.3. Escritura de constitución o documento análogo.
2. Representante:
- 2.1. Documento de identificación (DNI, Tarjeta de extranjero, pasaporte,...)
- 2.2. Documento acreditativo de la representación que dice ostentar.
3. Documentación descriptiva de los dispositivos a instalar, que contenga al menos los siguientes datos y documentos:
- 3.1. Memoria descriptiva y justificativa.
- 3.2. Planos representativos de la situación, dimensiones y demás circunstancias de la porción de dominio público objeto de ocupación.
- 3.3. Planos de detalle, acotados y a escala adecuada, de los dispositivos a instalar, con señalamiento expreso de su emplazamiento.
4. Declaración-liquidación de la tasa correspondiente (la tasa se autoliquida en la oficina de Atención Ciudadana).
5. Con carácter voluntario (véase nota 6 al pie):
- 5.1. Seguro de responsabilidad civil que cubra las eventuales afecciones y daños que pudieran ocasionarse a terceros.
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